Cabe comentar que la legislación en lo que respecta a las relaciones colectivas del trabajo, tanto México como Perú son demasiadas parecidas, hay que recordar que los tratados internaciones están por debajo de la Constitución en el caso de México y las perrogativas tomadas en el Tratado de Versalles de 1948, Declaración Universal de los Derechos del Hombre, los Convenios 87 y 98 de la OIT, esta última celebrada en 1949 se determinó el derecho de sindicalización de negociación colectiva en los países que lo ratificaron y este fue el caso tanto de México como de Perú. Así mismo, cabe mencionar que el desarrollo del corporativismo de ambos países han influido para la creación de los Sindicatos y con ello de las Huelgas, por lo tanto de la libertad de coalición. revisando su normatividad difieren en algunos puntos, pero el más de 90% es muy parecido. Ahora se dice que un Sindicato es “libre, independiente, democrático, participativo, unitario, responsable, realista, solidario”, connotaciones que pondría en tela de juicio, ya que la historia nos ha dicho otra cosa, empezando con la creación del CTM, no se diga las actividades de la Sra. Gordillo; la pregunta sería el Sindicato al estar supeditado a rendir cuentas al Estado en realidad es libre?, independiente?, al interior de éste, no se ejercen guerra de poder?, realmente luchan por el bienestar del trabajador? Guillermina Mendoza
Reflexión comparativa del Sindicato entre México y Perú
Existen conceptos que por su naturaleza son universales per se, es el caso del Sindicalismo, mismo que tiene como objetivo fundamental, la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses. El sindicalismo fue la consecuencia natural de la formación de la comunidad obrera, nuevo ente social que proclamaría el nacimiento de un interés general al que en aquellos tiempos se nombro el interés profesional, que no era la simple suma de los intereses de los trabajadores presentes, sino el del trabajo de hoy y de mañana, por lo tanto, un interés que contemplaba también a los hombres que vendrían en el futuro. Para la consumación de esa nueva perspectiva las comunidades obreras reclamaron la supresión de los delitos de coalición, asociación y huelga y el reconocimiento de su derecho a sindicarse y exigir la negociación y contratación colectivas, mediante, en última instancia, por el procedimiento de huelga. El sindicalismo es un fenómeno necesario, que responde a la idea de la justicia, es un episodio en la vida social: la unión natural de los hombres para la justicia Existen notables diferencias entre la legislación peruana y la mexicana tenemos como ejemplo: La Edad laboral En Perú desde que un menor de edad ingresa al trabajo tiene derechos que defender, lo cual es una buena razón para sindicalizarse. En México, el trabajo de los mayores de catorce años y menores de dieciséis queda sujeto a vigilancia y protección especiales de la Inspección del Trabajo.
Ambas legislaciones reconocen la libertad de coalición de trabajadores y patrones en defensa de sus intereses, así como el hecho de no interferir en su formación, integración y funcionamiento. El Convenio Internacional Nº. 87 fue aprobado por la Conferencia Internacional del Trabajo en 1948 y se refiere a la Libertad Sindical y Protección del Derecho de Sindicalización. Podemos Concluir que ambos marcos normativos se sustentan hechos históricos y normativa jurídica internacional que otorgan directrices concretas de cómo deben llevarse a cabo las relaciones laborales. La Organización Internacional del Trabajo es un organismo especializado de las Naciones Unidas que procura fomentar la justicia social y los derechos humanos y laborales internacionalmente reconocidos. La OIT fue creada en 1919 con el propósito primordial de adoptar normas internacionales que abordaran el problema de las condiciones de trabajo que entrañaban «injusticia, miseria y privaciones». En 1944, la inclusión de la Declaración de Filadelfia en su Constitución amplió el mandato normativo de la organización para dar cabida a asuntos de carácter general relacionados con la política social y los derechos humanos y civiles, en 1946 se convirtió en el primer organismo especializado de las Naciones Unidas. Dentro del Sistema de las Naciones Unidas, la OIT es la única organización que cuenta con una estructura tripartita, en la que los trabajadores y los empleadores participan en pie de igualdad con los gobiernos en las labores de sus órganos de administración.
Opinión: Elizabeth Peña Jáuregui Relaciones Colectivas del Derecho de Trabajo
Si bien es importante resaltar la importancia que tienen los sindicatos dentro del desarrollo y la eficacia de una empresa, dentro de esta relaciòn obrero-patronal, surgen los lineamiento y disposiciones necesarias para la integracón, objetivos y fines del mismo, por lo que resulta interesante familiarizarse con los conceptos y requisitos necesarios para la organización y creación de un Sindicato. Ahora bien, dentro de las legislaciones Mexicana y Peruana, tienen una similitud, pues si bien velan por el bienestar del trabajador y regulan las relaciones entre agremiados y patronos. Dichas legislaciones son objetivas y velan por los intereses comune, aunque, las instancias no sean las mismas. Otro punto importante es que el registro de los Sindicatos en el Perú se publican dentro del Diario oficial a diferencia de México que es enviado a la Junta Federal de Concilición y Arbitraje. La OIT, juega un papel fundamental dentro de esta legislacin, siendo este un órgano que funge como asesor o encomendador de algunas deficiencias de la Ley dentro del gobierno del Peru. Sandra Ivonne Abreo Jiménez
Dentro de la legislación peruana, se puede deducir las principales finalidades de la Ley, siendo estas, el beneficio común y el bienestar obrero. Dentro de los sindicatos, se persiguen los objetivos, como son salarios justos, mejores condiciones de trabajo, seguridad en el empleo, bienestar social y la democratización en la sociedad, pues dentro de los sindicatos es fundamental la unión y lucha tras un fin común. La figura sindical es utilizada como medio negociador entre patronos y obreros pues tiene como propósito ser facilitadores para conseguir los beneficios necesarios que buscan los obreros. Por otro lado, la legislación peruana es muy similar a la mexicana en relación con la conformación, registro y organización del sindicato. Sin embargo, es prudente comentar, que relacionado con las instancias y medios de publicación de los sindicatos, es diferente a la legislación mexicana. Victor A. Ruiz Martínez
Considero que ambos paises tienen mucha silmilitud en cuanto a su normatividad, en lo que respecta a los sindicatos; incluso en su definiciòn, principios y el por que surge.
De la misma forma que en Mèxico, el sindicalismo surge como una uniòn u organizacion que lucha por conseguir mejores condiciones para los trabajadores, en general todo lo que dice la monografìa es muy bonito, e imagino que sucede lo mismo que en Mèxico, eso es el deber ser; y si bien no conozco mucho de la cultura y/o sociedad peruana, tambièn puedo imaginar que al igual que en Mèxico hay muchas cosas que se mueven mas por intereses de los dirgentes sindicales, que realmente por lo que serìa el objetivo principal de estos, que es el ayudar a los trabajadores.
En general podrìa decir que en ambos paìses el sindicalismo es muy similar en cuanto a sus bases.
Jocelyn Arevalo Blanca Relaciones Colectivas del Trabajo
Mi relfexión respecto ala lectura de la monografia es que se puede apreciar que la legislación lagoral del Perú tiene gran similitud con la legislación Mexicana y es que debemos de partir de que nuestra legislacion laboral fue la primera de America y que por otra parte congenian en objetivos y principios de caracter social que hoy en dia son universales gracias a los pactos celebrados ante las Autoridades Internacionales del Trabajo como la OIT. En cuanto al Aspecto Sindical es casi identica la regulación laboral del Perú a la de México, ya que se permite la asosiación que despues da paso a la conformación del Sindicato, su integración es igual por 20 trabajadores, sus objetivos y principios son realmente similares aunque con pequeñas diferencias; lo que cabe resaltar es la prioridad que le dan a la mujer para que pueda ocupar puestos de dirección dentro de los Sindicatos, en cuanto a su registro tambien es similar aunque varie el nombre de las autoridades laborales así como su procedimientos laborales son tambien diversos, ya que contemplan tres instancias y tienen un recurso de nulidad que nuestra legislación no lo contempla.
Al igual que muchos de mis compañeros creo que el sindicalismo Peruano es muy similar que el de México, y que en la teoria los sindicatos fueron creados para defender las condiciones laborales de los trabajadores, y en especial de las mujeres y los menores de edad, hablando de las condiciones en toda la extension de la palabra, pero en la practica lo que en muchas ocaciones hemos repetido, tanto aqui en el país como en Perú se persiguen muchos intereses políticos y economicos de los dirigentes y los que pudieran estar detras de estos. Pasando de esta forma la ayuda para los trabajadores en ultimo termino, por que si nos damos cuenta las condiciones laborales de los obreros estan cada día peor y estos supuestos sindicatos que en alun momento fueron creados para la defensa de estos ya han olvidado los motivos por los que fueron creados y han desviado sus principales objetivos.
Lo primero que quiero resaltar tras la lectura es el gran parecido de legislacion que hay entre los dos paises, esto se debe a que como muchos de nosotros lo sabemos, debido a que estamos regidos por el derecho romano. lo que si me llama la atencion es que la legislacion de Peru esta mas actualizada con los tiempos modernos y de alguna manera si cuida mas el equilibrio entre sindicato y patron quisiera pensar que esto se debe a que para empezar Peru es un pais mas pequeño que Mexico y que su historia sindical ha sido muy diferente pues aqui se lleva toda una compleja estructura de lo que en materia sindical se trata es decir se nos va a hacer mas dificil luchar con el gran elefante blanco. ALEJANDRO ORTEGA SEPULVEDA
La OIT indica dar prioridad al cumplimiento de las “Normas y Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo garantizados por los ocho convenios fundamentales (libertad sindical, negociación colectiva, abolición trabajo forzoso, abolición del trabajo infantil, eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación)”, por lo tanto, ambas legislaciones son muy parecidas e iguales en lo que respecta a la definición, el objetivo en general, la libertad de asociación en sindicato, la no intervención en asuntos religiosos, la no obligación de un individuo para integrarse a un sindicato, el mínimo de miembros para constituirse. Hay similitud en los documentos que deben presentarse para su registro, variando totalmente ante las autoridades que se realiza éste. Coinciden totalmente en que los sindicatos no están sujetos a disolución o suspensión por vía administrativa. Ambas contemplan el poder constituir federaciones y confederaciones, con similitudes y variaciones en su constitución y registro, igual que en la de sindicatos. Verónica Luna Zamora.
Del análisis del documento, se advierte que la legislación peruana, contempla la formación de sindicatos, de manera muy similar a como se hace en México.
En ambos países, el derecho de asociarse libremente, está elevado al grado de garantía individual y en ambos países se concede una enorme importancia al sindicato, entendido éste como la asociación de trabajadores cuyo principal objetivo es el bienestar de sus miembros, en cuanto a condiciones laborales se refiere.
Desafortunadamente en nuestro país, el bienestar de los trabajadores ha pasado a segundo término, pues los sindicatos se han convertido en una mafia, de la cual sus dirigentes, sacan el mayor provecho, utilizando a sus agremiados con fines políticos y de lucro.
Ignoro si lo mismo sucede en Perú, pero es una pena que se utilice esta figura protegida por nuestra Constitución, como un simple medio para alcanzar fines muy diversos a aquéllos para los cuales fue creada.
Analizando la monografía acerca del sindicalismo del Perú, encuentro grandes similitudes, sobre todo se confirma que la finalidad para la creación de los sindicatos sigue los mismos principios que en México y que son los mejoras y defensas de los intereses de los integrantes de dicho sindicato, sea de patrones o de trabajadores, aunque una diferencia radical es que en México la edad para poder formar parte de los sindicatos sean personas mayores de catorce años y en Perú aunque sean menores de edad pueden afiliarse a un sindicato y obviamente las diferencias de las legislaciones de cada país con sus respectivos nombre y registros, como es el que el Perú se lleve un registro de los sindicatos en el Diario Oficial, mientras que en México quien lleva esos registros son la STPS cuando son de tipo federal y las JLCA cuando son locales. Lo importante sería que todos los sindicatos cumplieran con la misión para que fueron creados. Márquez Cruz María Yaquelin.
Del análisis del documento, se advierte que la legislación peruana, contempla la formación de sindicatos, de manera muy similar a como se hace en México.
En ambos países, el derecho de asociarse libremente, está elevado al grado de garantía individual y en ambos países se concede una enorme importancia al sindicato, entendido éste como la asociación de trabajadores cuyo principal objetivo es el bienestar de sus miembros, en cuanto a condiciones laborales se refiere.
Desafortunadamente en nuestro país, el bienestar de los trabajadores ha pasado a segundo término, pues los sindicatos se han convertido en una mafia, de la cual sus dirigentes, sacan el mayor provecho, utilizando a sus agremiados con fines políticos y de lucro.
Ignoro si lo mismo sucede en Perú, pero es una pena que se utilice esta figura protegida por nuestra Constitución, como un simple medio para alcanzar fines muy diversos a aquéllos para los cuales fue creada.
En la legislación peruana, yo consedero que, presenta muchas cosas similares a la mexicana, sin embargo, hace enfasis en otros puntos más especificos, abarca situaciones que en la legislación mexicana no se consideran, hace referencia a que no se pueden despedir a dirigentes sindicales, por poner un ejemplo. Pero de manera general citan puntos muy básicos y especificos ambas legislaciones, para proteger a los sindicatos y los trabajadores.
Respecto a la lectura de la monografía, considero que la similitud que tienen es que no se pierde el objeto para el cual se forman los sindicatos, todos, ya sean mexicanos, peruanos, colombianos buscan mejores condiciones en su empleo, en este caso por obvias razones las instancias cambian pero su escencia no.
Quizá trasladándolo a la realidad en México los sindicatos a veces se constituyen con fines políticos mas que por beneficio de la sociedad y eso es lo que en ocasiones podría pensarse que cambie pues desconocemos problemas de otros países, pero ha de haber sindicatos que de verdad cumplan con sus objetivo y otros que no.
los sindicatos Mexicanos, como Peruanos son similares ya que los dos persiguen un fin comun que es la prtecciin del trabajardor, ambos paises el dercho a la huekga y los demas derechos que tienen estan constituidos en sus cartas magnas.
citando casi lo mismo como el recho a la huega pasifica, los derechos a un salarios digno, mencionado tambien los demas beneficios que tiene el trabjador, asi mismo mencionas tambien los beneficios y obligaciones que tienen los patrones o empresas.
los sindicatos Mexicanos, como Peruanos son similares ya que los dos persiguen un fin comun que es la prtecciin del trabajardor, ambos paises el dercho a la huekga y los demas derechos que tienen estan constituidos en sus cartas magnas.
Citando casi lo mismo como el recho a la huega pasifica, los derechos a un salarios digno, mencionado tambien los demas beneficios que tiene el trabjador, asi mismo mencionas tambien los beneficios y obligaciones que tienen los patrones o empresas.
La lucha de todo trabajador es para tener un salario digno que le permita cubrir sus necesidades básicas y una estabilidad laboral.
En Perú como en Méxicose constituye el sindicato para la defensa de los trabajadores, la costitución peruana también regula el derecho de asociación, aunque los patrones no lo reconozcan.
Todo sector laboral busca que su gobierno promulge leyes para el bienestar de sus trabajadores.
La legislación Mexicana y la legislación peruana, son muy parecidas y la finalidad de ambas sigue siendo el beneficio de la clase obrera, se puede decir que originalmente los principios del sindicalismo son la defensa del trabajador , sin embargo se ha desvirtuado y en su mayoría solo buscan el bien estar y los intereses de los lideres sindicales que han dejado de ver por sus agremiados y se demuestra con la ostentación con la que viven, muy distante a lo que es en realidad la clase obrera, por otra parte los mismos sindicatos han sido los causantes del cierre de muchas fuentes de trabajo en virtud de que solapan a sus agremiados y estas situaciones las han llevado a la quiebra.
Los sindicatos tanto Mexicanos como Peruanos cabe mencionar que estas dos organizaciones tienen la misma finalidad y que son utilizados como instrumentos de incorporación de los trabajadores en la lucha por la defensa de sus intereses y la elevación de sus condiciones de vida, ayudnado a la formación de una clase obrera organizada. En mi opinion son muy similares van en pro de los derechos de los trabajadores, pero seria importante mencionar que en Mexico algunas de estas coaliciones solo velan por sus intereses propios.
El sindicalismo en nuestro país surge por la necesidad de terminar con las constantes vejaciones a las que eran sometidos los trabajadores, ya que no tenían oportunidad (por no existir una legislación), para defender su contrato colectivo de trabajo, de tal manera que el poder de organización de cada obrero dio la oportunidad de expresar ideas para sentar las bases donde descansan los derechos laborales de cada trabajador, de ahí que esa libertad de asociarse y de reunirse para determinar las ventajas y desventajas que encierra un contrato colectivo por medio de un sindicato, crea un circulo de control entre la clase trabajadora y los patrones, donde el Estado como órgano supremo debe vigilar las acciones de cada uno de estos. Considero que existen pocas diferencias entre nuestro país y Perú, ya que la esencia del las relaciones colectivas del derecho del trabajo, buscan en su esencia proteger a la clase trabajadora, procurando el respeto a sus derechos individuales y a la posibilidad de buscar mejoras para su desarrollo familiar y profesional. ALEJANDRO ESPINOSA RODRÍGUEZ.
El sindicalismo en nuestro país surge por la necesidad de terminar con las constantes vejaciones a las que eran sometidos los trabajadores, ya que no tenían oportunidad (por no existir una legislación), para defender su contrato colectivo de trabajo, de tal manera que el poder de organización de cada obrero dio la oportunidad de expresar ideas para sentar las bases donde descansan los derechos laborales de cada trabajador, de ahí que esa libertad de asociarse y de reunirse para determinar las ventajas y desventajas que encierra un contrato colectivo por medio de un sindicato, crea un circulo de control entre la clase trabajadora y los patrones, donde el Estado como órgano supremo debe vigilar las acciones de cada uno de estos. Considero que existen pocas diferencias entre nuestro país y Perú, ya que la esencia del las relaciones colectivas del derecho del trabajo, buscan en su esencia proteger a la clase trabajadora, procurando el respeto a sus derechos individuales y a la posibilidad de buscar mejoras para su desarrollo familiar y profesional. ALEJANDRO ESPINOSA RODRÍGUEZ
El sindicalismo en nuestro país surge por la necesidad de terminar con las constantes vejaciones a las que eran sometidos los trabajadores, ya que no tenían oportunidad (por no existir una legislación), para defender su contrato colectivo de trabajo, de tal manera que el poder de organización de cada obrero dio la oportunidad de expresar ideas para sentar las bases donde descansan los derechos laborales de cada trabajador, de ahí que esa libertad de asociarse y de reunirse para determinar las ventajas y desventajas que encierra un contrato colectivo por medio de un sindicato, crea un circulo de control entre la clase trabajadora y los patrones, donde el Estado como órgano supremo debe vigilar las acciones de cada uno de estos. Considero que existen pocas diferencias entre nuestro país y Perú, ya que la esencia del las relaciones colectivas del derecho del trabajo, buscan en su esencia proteger a la clase trabajadora, procurando el respeto a sus derechos individuales y a la posibilidad de buscar mejoras para su desarrollo familiar y profesional. ALEJANDRO ESPINOSA RODRÍGUEZ
Es necesario hacer notar, que por desgracia arrastramos una mala formación cultural, puesto que, antes de la llegada de la cultura española a la región americana que controlaton, el sistema jurídico se entienda más organizado, entindase organizado como establecido mediante reglas claras y poco cohercibles; ahora bien, una vez establecida la cultura española en nuestra región, y debido a multiples factores uno de ellos que la mayor parte de quiene aceptaban enlistarse en la empresa de consquistar nuevas tierras fueron convictos y gente poco escrupulosa, ayudaron a generar un sistema poco común en está región en dodne se comenzaron a comprar títulos de noblesa para poder ascender en las nueas tierras descubuertas. Es por esto que la cultura sindical que observamos ahora es un claro ejemplo de la compra no necesarimente monetaria de lugares privilegiados que le permiten actuar a gente sin escrupulos y totalmente desentendida de lo que son los logros laborales y empresariales, por que no decirlo, y ahora méxico al igual que perú y otras naciones de america se debaten en una lucha que no deja ganadores, sino que todos pierden, los patrones por no ceder y ambición, los sindicatos por las mismas razones, ¿y los trabajadores? a pues estos no saben que esta pasando pues solamenbte escuchan y ven que sus fuentes de trabajo se desmoronan y sus familias ya de por si golpeadas por las carencias, se ven todavía má afectadas y sin saber a ciencia cierta que rumbo seguir. JUAN CARLOS MORALES ROJAS.
Al igual que en México, las organizaciones sindicales en Perú tienen como objetivo la lucha por dignificar las condiciones de vida de la clase trabajadora, a través de la conquista de sus derechos laborales, como resultado de una constante lucha. Esta perspectiva la observamos en su legislación, pues al igual que en la nuestra se contempla la libertad de derecho de asociarse en sindicatos, de manera libre e independiente, solidarios, señala el procedimiento de registro, etc., son muy parecidos, teóricamente, sin embargo, en la realidad seguramente sucede lo mismo que en nuestro país, resulta que los sindicatos solo son un trampolín para manejar diferentes intereses de ciertos grupos, que son manipulados políticamente a conveniencia y no conforme a los intereses del trabajador. María Guadalupe Villela Ozuna
Puedo inferir sin temor a equivocarme que el principal espíritu de los sindicatos en México, en Perú y en todos los países industrializados democráticos consiste en lograr acuerdos mediante la negociación colectiva con los empresarios, los sindicatos surgieron como respuesta de los trabajadores a los efectos más perniciosos de la industrialización y con objetivos muy claros, un salario justo, mejores condiciones de trabajo, empleo estable para toda persona, mejoramiento de las reivindicaciones sociales y económicas, etc. Sin en cambio los sindicatos en nuestros días no obedecen a estos intereses sin no mas bien al patrón, por lo que se han convertido en sindicatos charros, usando como bandera la demagogia y el protagonismo en la vida política en sus respectivos países en México como muestra un ejemplo, el ahora extinto sindicato de electricistas. Carolina Venegas Rosales UVM
Puedo inferir sin temor a equivocarme que el principal espíritu de los sindicatos en México, en Perú y en todos los países industrializados democráticos consiste en lograr acuerdos mediante la negociación colectiva con los empresarios, los sindicatos surgieron como respuesta de los trabajadores a los efectos más perniciosos de la industrialización y con objetivos muy claros, un salario justo, mejores condiciones de trabajo, empleo estable para toda persona, mejoramiento de las reivindicaciones sociales y económicas, etc. Sin en cambio los sindicatos en nuestros días no obedecen a estos intereses sin no mas bien al patrón, por lo que se han convertido en sindicatos charros, usando como bandera la demagogia y el protagonismo en la vida política en sus respectivos países en México como muestra un ejemplo, el ahora extinto sindicato de electricistas.
Las dos legislaciones Mexicana y Peruana permiten la libertad de asociarse en sindicatos
Otra similitud es que los representantes administrativos no pueden intervenir en la creación y administración del sindicato, donde los trabajadores o afiliados son iguales en derechos y obligaciones.
Los trabajadores peruanos también cuentan con un Convenio Internacional que fue aprobado por la Conferencia Internacional del trabajo en donde se refiere a la Libertad Sindical y Protección al derecho del sindicato
El Sindicato es de suma importancia en cuanto al derecho laboral se refiere, en ambos países esta de por medio los intereses de la clase obrera. EFRAIN ADOLFO GUZMAN MOLINA
Derivado de revisiones que he realizado de empresas peruanas, una de ellas en controversia con el principal banco de ese país, me percate que la legislación laboral es muy similar, sin embargo el poder político de esos paises en materia laboral,no es tan pronunciado como en nuestro pais.
La industria principal del Peru es la minería, comparada con nosotros es la energía, sin embargo la planta laboral es sumamente inferior a la nuestra,por tanto su influencia proporcional es menor. Las consideraciones elementales son las mismas, el punto neuralgico es la fuerza política de grupos que intervienen en la decisiones estructurales del estado. Marcos lopez
Sr. Lic. en mi opinión la persona que sale en la entrevista el sr. Flavio vallejo, asesor laboral del CUT, estoy de acuerdo en su entrevista, las Asociaciones sindicales estaban catalogadas como enemigos públicos dentro de la estructura de la empresa, y jamás ha sido de esta manera, el sindicalismo entre los empresarios siempre se ha manejado como un tabú, creen y siente que son los enemigos numero uno en materia laboral, pero están equivocados, los sindicatos ayudan en un porcentaje muy alto para la estabilidad y productividad dentro de una empresa.
En varias estadísticas sea demostrado que entre trabajadores y empleadores, cuando hay armonía y estabilidad en el empleo, el sindicato es respetado y la empresa tiene la competitividad adecuada, ya que con este factor se disminuye el riesgo de demandas laborales, ya que el sindicato defiende su derechos e intereses, y los obliga a responder con la obligación que tienen en la empresa.
Los empleadores (empresa) por llamarlos de alguna manera y los destructores de la empresa (sindicato)
El sindicato es un coadyuvante en la empresa, siempre y cuando esta realmente cumpla con sus objetivos y metas, con responsabilidad en el ámbito laboral
Que la empresa no vulnere los derechos de los trabajadores, legales y constitucionales
Desgraciadamente en el medio laboral existen sindicatos de todo, existen los que realmente protegen a los trabajadores y conservan la fuente de empleo.
Están los sindicatos blancos, que únicamente se encargan de proteger a la empresa y los sindicatos destructores de fuente de trabajo, los que se encargan y los que son llamados sanguijuelas, se encargan de sobornar a los empresarios y se venden al mejor postor, no les interesan los trabajadores, estos sindicatos son los que destruyen a los empleadores, estos sindicatos son conocidos por manejar grupos de choque, amedrentando a los empleadores y a los abogados, con esto obtienen un lucro excesivo, es decir obtienen gastos supuestamente para el “sindicato”, y realmente va directamente a sus bolsillos.
El sindicalismo tanto en México como en otros países, tienen un mismo fin, tratan de buscar un bienestar común, estabilidad y respeto hacia los trabajadores.
Mtro. Nahily, en el video se pude observar el interés que busca el sindicato, ayuda a mantener las relaciones obrero patronal, además se busca un beneficio social para los trabajadores en el cual ayuda a mejor sus condiciones de trabajo, cabe señalar que el objetivo de los sindicatos es defender las garantías del contrato colectivo de trabajo, así mismo proteger los derechos de los trabajadores como también sus condiciones. En nuestro país desafortunadamente en muchas empresas los trabajadores pasan a un segundo término, ya que muchos de los sindicatos actualmente se encuentran vendidos con los líderes empresariales, ejemplo como el de la Uvm.
Mtro. Nahily, en el video se pude observar el interés que busca el sindicato, ayuda a mantener las relaciones obrero patronal, además se busca un beneficio social para los trabajadores en el cual ayuda a mejor sus condiciones de trabajo, cabe señalar que el objetivo de los sindicatos es defender las garantías del contrato colectivo de trabajo, así mismo proteger los derechos de los trabajadores como también sus condiciones. En nuestro país desafortunadamente en muchas empresas los trabajadores pasan a un segundo término, ya que muchos de los sindicatos actualmente se encuentran vendidos con los líderes empresariales, ejemplo como el de la Uvm.
Mtro. Nahily, en el video se pude observar el interés que busca el sindicato, ayuda a mantener las relaciones obrero patronal, además se busca un beneficio social para los trabajadores en el cual ayuda a mejor sus condiciones de trabajo, cabe señalar que el objetivo de los sindicatos es defender las garantías del contrato colectivo de trabajo, así mismo proteger los derechos de los trabajadores como también sus condiciones. En nuestro país desafortunadamente en muchas empresas los trabajadores pasan a un segundo término, ya que muchos de los sindicatos actualmente se encuentran vendidos con los líderes empresariales, ejemplo como el de la Uvm.
RELACIONES COLECTIVAS DEL TRABAJO LEGISLACIÓN MEXICANA Y LEGISLACIÓN PERUANA LOS SINDICATOS EN MÉXICO Y PERÚ. REFLEXIÓN. Tanto la legislación Mexicana como la Peruana contemplan legalmente el derecho de los empleados a asociarse y crear sindicatos, como un derecho jurídicamente protegido y que resguarda principalmente el trabajo y todo aquello que implica o deviene del mismo, a fin de mejorar condiciones laborales en los aspectos económico, social, cultural y humano, además de la defensa de intereses comunes. Ambas legislaciones señalan que el Estado reconoce la libertad de asociarse y contratar; regulando muy similarmente la forma en que deben constituirse los Sindicatos de trabajadores; que su registro es obligatorio; la obligación de las empresas para dar las facilidades a la actividad sindical; la implementación de salarios justos, empleo estable, mejores condiciones laborales, etc.; y con todo ello buscar como objetivo principal de dichas organizaciones sindicales el respeto a los derechos humanos inalienables; para que la libre expresión de los trabajadores derive en la democratización de las naciones. Carlos Martín Chávez Gómez. UVM. Licenciaturas Ejecutivas.
RELACIONES COLECTIVAS DEL TRABAJO LEGISLACIÓN MEXICANA Y LEGISLACIÓN PERUANA LOS SINDICATOS EN MÉXICO Y PERÚ. REFLEXIÓN. Tanto la legislación Mexicana como la Peruana contemplan legalmente el derecho de los empleados a asociarse y crear sindicatos, como un derecho jurídicamente protegido y que resguarda principalmente el trabajo y todo aquello que implica o deviene del mismo, a fin de mejorar condiciones laborales en los aspectos económico, social, cultural y humano, además de la defensa de intereses comunes. Ambas legislaciones señalan que el Estado reconoce la libertad de asociarse y contratar; regulando muy similarmente la forma en que deben constituirse los Sindicatos de trabajadores; que su registro es obligatorio; la obligación de las empresas para dar las facilidades a la actividad sindical; la implementación de salarios justos, empleo estable, mejores condiciones laborales, etc.; y con todo ello buscar como objetivo principal de dichas organizaciones sindicales el respeto a los derechos humanos inalienables; para que la libre expresión de los trabajadores derive en la democratización de las naciones. Carlos Martín Chávez Gómez. UVM. Licenciaturas Ejecutivas.
Cabe comentar que la legislación en lo que respecta a las relaciones colectivas del trabajo, tanto México como Perú son demasiadas parecidas, hay que recordar que los tratados internaciones están por debajo de la Constitución en el caso de México y las perrogativas tomadas en el Tratado de Versalles de 1948, Declaración Universal de los Derechos del Hombre, los Convenios 87 y 98 de la OIT, esta última celebrada en 1949 se determinó el derecho de sindicalización de negociación colectiva en los países que lo ratificaron y este fue el caso tanto de México como de Perú.
ResponderEliminarAsí mismo, cabe mencionar que el desarrollo del corporativismo de ambos países han influido para la creación de los Sindicatos y con ello de las Huelgas, por lo tanto de la libertad de coalición.
revisando su normatividad difieren en algunos puntos, pero el más de 90% es muy parecido.
Ahora se dice que un Sindicato es “libre, independiente, democrático, participativo, unitario, responsable, realista, solidario”, connotaciones que pondría en tela de juicio, ya que la historia nos ha dicho otra cosa, empezando con la creación del CTM, no se diga las actividades de la Sra. Gordillo; la pregunta sería el Sindicato al estar supeditado a rendir cuentas al Estado en realidad es libre?, independiente?, al interior de éste, no se ejercen guerra de poder?, realmente luchan por el bienestar del trabajador?
Guillermina Mendoza
Reflexión comparativa del Sindicato entre México y Perú
ResponderEliminarExisten conceptos que por su naturaleza son universales per se, es el caso del Sindicalismo, mismo que tiene como objetivo fundamental, la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
El sindicalismo fue la consecuencia natural de la formación de la comunidad obrera, nuevo ente social que proclamaría el nacimiento de un interés general al que en aquellos tiempos se nombro el interés profesional, que no era la simple suma de los intereses de los trabajadores presentes, sino el del trabajo de hoy y de mañana, por lo tanto, un interés que contemplaba también a los hombres que vendrían en el futuro. Para la consumación de esa nueva perspectiva las comunidades obreras reclamaron la supresión de los delitos de coalición, asociación y huelga y el reconocimiento de su derecho a sindicarse y exigir la negociación y contratación colectivas, mediante, en última instancia, por el procedimiento de huelga.
El sindicalismo es un fenómeno necesario, que responde a la idea de la justicia, es un episodio en la vida social: la unión natural de los hombres para la justicia
Existen notables diferencias entre la legislación peruana y la mexicana tenemos como ejemplo:
La Edad laboral
En Perú desde que un menor de edad ingresa al trabajo tiene derechos que defender, lo cual es una buena razón para sindicalizarse.
En México, el trabajo de los mayores de catorce años y menores de dieciséis queda sujeto a vigilancia y protección especiales de la Inspección del Trabajo.
Ambas legislaciones reconocen la libertad de coalición de trabajadores y patrones en defensa de sus intereses, así como el hecho de no interferir en su formación, integración y funcionamiento. El Convenio Internacional Nº. 87 fue aprobado por la Conferencia Internacional del Trabajo en 1948 y se refiere a la Libertad Sindical y Protección del Derecho de Sindicalización.
Podemos Concluir que ambos marcos normativos se sustentan hechos históricos y normativa jurídica internacional que otorgan directrices concretas de cómo deben llevarse a cabo las relaciones laborales. La Organización Internacional del Trabajo es un organismo especializado de las Naciones Unidas que procura fomentar la justicia social y los derechos humanos y laborales internacionalmente reconocidos.
La OIT fue creada en 1919 con el propósito primordial de adoptar normas internacionales que abordaran el problema de las condiciones de trabajo que entrañaban «injusticia, miseria y privaciones». En 1944, la inclusión de la Declaración de Filadelfia en su Constitución amplió el mandato normativo de la organización para dar cabida a asuntos de carácter general relacionados con la política social y los derechos humanos y civiles, en 1946 se convirtió en el primer organismo especializado de las Naciones Unidas.
Dentro del Sistema de las Naciones Unidas, la OIT es la única organización que cuenta con una estructura tripartita, en la que los trabajadores y los empleadores participan en pie de igualdad con los gobiernos en las labores de sus órganos de administración.
Opinión: Elizabeth Peña Jáuregui
Relaciones Colectivas del Derecho de Trabajo
Si bien es importante resaltar la importancia que tienen los sindicatos dentro del desarrollo y la eficacia de una empresa, dentro de esta relaciòn obrero-patronal, surgen los lineamiento y disposiciones necesarias para la integracón, objetivos y fines del mismo, por lo que resulta interesante familiarizarse con los conceptos y requisitos necesarios para la organización y creación de un Sindicato. Ahora bien, dentro de las legislaciones Mexicana y Peruana, tienen una similitud, pues si bien velan por el bienestar del trabajador y regulan las relaciones entre agremiados y patronos. Dichas legislaciones son objetivas y velan por los intereses comune, aunque, las instancias no sean las mismas. Otro punto importante es que el registro de los Sindicatos en el Perú se publican dentro del Diario oficial a diferencia de México que es enviado a la Junta Federal de Concilición y Arbitraje. La OIT, juega un papel fundamental dentro de esta legislacin, siendo este un órgano que funge como asesor o encomendador de algunas deficiencias de la Ley dentro del gobierno del Peru. Sandra Ivonne Abreo Jiménez
ResponderEliminarDentro de la legislación peruana, se puede deducir las principales finalidades de la Ley, siendo estas, el beneficio común y el bienestar obrero. Dentro de los sindicatos, se persiguen los objetivos, como son salarios justos, mejores condiciones de trabajo, seguridad en el empleo, bienestar social y la democratización en la sociedad, pues dentro de los sindicatos es fundamental la unión y lucha tras un fin común. La figura sindical es utilizada como medio negociador entre patronos y obreros pues tiene como propósito ser facilitadores para conseguir los beneficios necesarios que buscan los obreros. Por otro lado, la legislación peruana es muy similar a la mexicana en relación con la conformación, registro y organización del sindicato. Sin embargo, es prudente comentar, que relacionado con las instancias y medios de publicación de los sindicatos, es diferente a la legislación mexicana. Victor A. Ruiz Martínez
ResponderEliminarConsidero que ambos paises tienen mucha silmilitud en cuanto a su normatividad, en lo que respecta a los sindicatos; incluso en su definiciòn, principios y el por que surge.
ResponderEliminarDe la misma forma que en Mèxico, el sindicalismo surge como una uniòn u organizacion que lucha por conseguir mejores condiciones para los trabajadores, en general todo lo que dice la monografìa es muy bonito, e imagino que sucede lo mismo que en Mèxico, eso es el deber ser; y si bien no conozco mucho de la cultura y/o sociedad peruana, tambièn puedo imaginar que al igual que en Mèxico hay muchas cosas que se mueven mas por intereses de los dirgentes sindicales, que realmente por lo que serìa el objetivo principal de estos, que es el ayudar a los trabajadores.
En general podrìa decir que en ambos paìses el sindicalismo es muy similar en cuanto a sus bases.
Jocelyn Arevalo Blanca
Relaciones Colectivas del Trabajo
Mi relfexión respecto ala lectura de la monografia es que se puede apreciar que la legislación lagoral del Perú tiene gran similitud con la legislación Mexicana y es que debemos de partir de que nuestra legislacion laboral fue la primera de America y que por otra parte congenian en objetivos y principios de caracter social que hoy en dia son universales gracias a los pactos celebrados ante las Autoridades Internacionales del Trabajo como la OIT.
ResponderEliminarEn cuanto al Aspecto Sindical es casi identica la regulación laboral del Perú a la de México, ya que se permite la asosiación que despues da paso a la conformación del Sindicato, su integración es igual por 20 trabajadores, sus objetivos y principios son realmente similares aunque con pequeñas diferencias; lo que cabe resaltar es la prioridad que le dan a la mujer para que pueda ocupar puestos de dirección dentro de los Sindicatos, en cuanto a su registro tambien es similar aunque varie el nombre de las autoridades laborales así como su procedimientos laborales son tambien diversos, ya que contemplan tres instancias y tienen un recurso de nulidad que nuestra legislación no lo contempla.
MARCOS GONZÁLEZ MEDINA.
GPO:1L
UVM
Al igual que muchos de mis compañeros creo que el sindicalismo Peruano es muy similar que el de México, y que en la teoria los sindicatos fueron creados para defender las condiciones laborales de los trabajadores, y en especial de las mujeres y los menores de edad, hablando de las condiciones en toda la extension de la palabra, pero en la practica lo que en muchas ocaciones hemos repetido, tanto aqui en el país como en Perú se persiguen muchos intereses políticos y economicos de los dirigentes y los que pudieran estar detras de estos. Pasando de esta forma la ayuda para los trabajadores en ultimo termino, por que si nos damos cuenta las condiciones laborales de los obreros estan cada día peor y estos supuestos sindicatos que en alun momento fueron creados para la defensa de estos ya han olvidado los motivos por los que fueron creados y han desviado sus principales objetivos.
ResponderEliminarPerla Cardoso Díaz
Lo primero que quiero resaltar tras la lectura es el gran parecido de legislacion que hay entre los dos paises, esto se debe a que como muchos de nosotros lo sabemos, debido a que estamos regidos por el derecho romano. lo que si me llama la atencion es que la legislacion de Peru esta mas actualizada con los tiempos modernos y de alguna manera si cuida mas el equilibrio entre sindicato y patron quisiera pensar que esto se debe a que para empezar Peru es un pais mas pequeño que Mexico y que su historia sindical ha sido muy diferente pues aqui se lleva toda una compleja estructura de lo que en materia sindical se trata es decir se nos va a hacer mas dificil luchar con el gran elefante blanco. ALEJANDRO ORTEGA SEPULVEDA
ResponderEliminarLa OIT indica dar prioridad al cumplimiento de las “Normas y Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo garantizados por los ocho convenios fundamentales (libertad sindical, negociación colectiva, abolición trabajo forzoso, abolición del trabajo infantil, eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación)”, por lo tanto, ambas legislaciones son muy parecidas e iguales en lo que respecta a la definición, el objetivo en general, la libertad de asociación en sindicato, la no intervención en asuntos religiosos, la no obligación de un individuo para integrarse a un sindicato, el mínimo de miembros para constituirse. Hay similitud en los documentos que deben presentarse para su registro, variando totalmente ante las autoridades que se realiza éste.
ResponderEliminarCoinciden totalmente en que los sindicatos no están sujetos a disolución o suspensión por vía administrativa. Ambas contemplan el poder constituir federaciones y confederaciones, con similitudes y variaciones en su constitución y registro, igual que en la de sindicatos.
Verónica Luna Zamora.
Del análisis del documento, se advierte que la legislación peruana, contempla la formación de sindicatos, de manera muy similar a como se hace en México.
ResponderEliminarEn ambos países, el derecho de asociarse libremente, está elevado al grado de garantía individual y en ambos países se concede una enorme importancia al sindicato, entendido éste como la asociación de trabajadores cuyo principal objetivo es el bienestar de sus miembros, en cuanto a condiciones laborales se refiere.
Desafortunadamente en nuestro país, el bienestar de los trabajadores ha pasado a segundo término, pues los sindicatos se han convertido en una mafia, de la cual sus dirigentes, sacan el mayor provecho, utilizando a sus agremiados con fines políticos y de lucro.
Ignoro si lo mismo sucede en Perú, pero es una pena que se utilice esta figura protegida por nuestra Constitución, como un simple medio para alcanzar fines muy diversos a aquéllos para los cuales fue creada.
Jennifer Bass Herrera
Analizando la monografía acerca del sindicalismo del Perú, encuentro grandes similitudes, sobre todo se confirma que la finalidad para la creación de los sindicatos sigue los mismos principios que en México y que son los mejoras y defensas de los intereses de los integrantes de dicho sindicato, sea de patrones o de trabajadores, aunque una diferencia radical es que en México la edad para poder formar parte de los sindicatos sean personas mayores de catorce años y en Perú aunque sean menores de edad pueden afiliarse a un sindicato y obviamente las diferencias de las legislaciones de cada país con sus respectivos nombre y registros, como es el que el Perú se lleve un registro de los sindicatos en el Diario Oficial, mientras que en México quien lleva esos registros son la STPS cuando son de tipo federal y las JLCA cuando son locales. Lo importante sería que todos los sindicatos cumplieran con la misión para que fueron creados. Márquez Cruz María Yaquelin.
ResponderEliminarDel análisis del documento, se advierte que la legislación peruana, contempla la formación de sindicatos, de manera muy similar a como se hace en México.
ResponderEliminarEn ambos países, el derecho de asociarse libremente, está elevado al grado de garantía individual y en ambos países se concede una enorme importancia al sindicato, entendido éste como la asociación de trabajadores cuyo principal objetivo es el bienestar de sus miembros, en cuanto a condiciones laborales se refiere.
Desafortunadamente en nuestro país, el bienestar de los trabajadores ha pasado a segundo término, pues los sindicatos se han convertido en una mafia, de la cual sus dirigentes, sacan el mayor provecho, utilizando a sus agremiados con fines políticos y de lucro.
Ignoro si lo mismo sucede en Perú, pero es una pena que se utilice esta figura protegida por nuestra Constitución, como un simple medio para alcanzar fines muy diversos a aquéllos para los cuales fue creada.
Jennifer Bass Herrera
En la legislación peruana, yo consedero que, presenta muchas cosas similares a la mexicana, sin embargo, hace enfasis en otros puntos más especificos, abarca situaciones que en la legislación mexicana no se consideran, hace referencia a que no se pueden despedir a dirigentes sindicales, por poner un ejemplo. Pero de manera general citan puntos muy básicos y especificos ambas legislaciones, para proteger a los sindicatos y los trabajadores.
ResponderEliminar.
ResponderEliminarRespecto a la lectura de la monografía, considero que la similitud que tienen es que no se pierde el objeto para el cual se forman los sindicatos, todos, ya sean mexicanos, peruanos, colombianos buscan mejores condiciones en su empleo, en este caso por obvias razones las instancias cambian pero su escencia no.
ResponderEliminarQuizá trasladándolo a la realidad en México los sindicatos a veces se constituyen con fines políticos mas que por beneficio de la sociedad y eso es lo que en ocasiones podría pensarse que cambie pues desconocemos problemas de otros países, pero ha de haber sindicatos que de verdad cumplan con sus objetivo y otros que no.
Adriana Judith Pérez Cruz
los sindicatos Mexicanos, como Peruanos son similares ya que los dos persiguen un fin comun que es la prtecciin del trabajardor, ambos paises el dercho a la huekga y los demas derechos que tienen estan constituidos en sus cartas magnas.
ResponderEliminarcitando casi lo mismo como el recho a la huega pasifica, los derechos a un salarios digno, mencionado tambien los demas beneficios que tiene el trabjador, asi mismo mencionas tambien los beneficios y obligaciones que tienen los patrones o empresas.
VLADIMIR MINA TAPIA
los sindicatos Mexicanos, como Peruanos son similares ya que los dos persiguen un fin comun que es la prtecciin del trabajardor, ambos paises el dercho a la huekga y los demas derechos que tienen estan constituidos en sus cartas magnas.
ResponderEliminarCitando casi lo mismo como el recho a la huega pasifica, los derechos a un salarios digno, mencionado tambien los demas beneficios que tiene el trabjador, asi mismo mencionas tambien los beneficios y obligaciones que tienen los patrones o empresas.
VLADIMIR MINA TAPIA
La lucha de todo trabajador es para tener un salario digno que le permita cubrir sus necesidades básicas y una estabilidad laboral.
ResponderEliminarEn Perú como en Méxicose constituye el sindicato para la defensa de los trabajadores, la costitución peruana también regula el derecho de asociación, aunque los patrones no lo reconozcan.
Todo sector laboral busca que su gobierno promulge leyes para el bienestar de sus trabajadores.
Heidi Estrada Rodríguez
La legislación Mexicana y la legislación peruana, son muy parecidas y la finalidad de ambas sigue siendo el beneficio de la clase obrera, se puede decir que originalmente los principios del sindicalismo son la defensa del trabajador , sin embargo se ha desvirtuado y en su mayoría solo buscan el bien estar y los intereses de los lideres sindicales que han dejado de ver por sus agremiados y se demuestra con la ostentación con la que viven, muy distante a lo que es en realidad la clase obrera, por otra parte los mismos sindicatos han sido los causantes del cierre de muchas fuentes de trabajo en virtud de que solapan a sus agremiados y estas situaciones las han llevado a la quiebra.
ResponderEliminarJosé Ángel Martínez M.
Los sindicatos tanto Mexicanos como Peruanos cabe mencionar que estas dos organizaciones tienen la misma finalidad y que son utilizados como instrumentos de incorporación de los trabajadores en la lucha por la defensa de sus intereses y la elevación de sus condiciones de vida, ayudnado a la formación de una clase obrera organizada. En mi opinion son muy similares van en pro de los derechos de los trabajadores, pero seria importante mencionar que en Mexico algunas de estas coaliciones solo velan por sus intereses propios.
ResponderEliminarHECTOR HUGO LOPEZ JIMENEZ
El sindicalismo en nuestro país surge por la necesidad de terminar con las constantes vejaciones a las que eran sometidos los trabajadores, ya que no tenían oportunidad (por no existir una legislación), para defender su contrato colectivo de trabajo, de tal manera que el poder de organización de cada obrero dio la oportunidad de expresar ideas para sentar las bases donde descansan los derechos laborales de cada trabajador, de ahí que esa libertad de asociarse y de reunirse para determinar las ventajas y desventajas que encierra un contrato colectivo por medio de un sindicato, crea un circulo de control entre la clase trabajadora y los patrones, donde el Estado como órgano supremo debe vigilar las acciones de cada uno de estos.
ResponderEliminarConsidero que existen pocas diferencias entre nuestro país y Perú, ya que la esencia del las relaciones colectivas del derecho del trabajo, buscan en su esencia proteger a la clase trabajadora, procurando el respeto a sus derechos individuales y a la posibilidad de buscar mejoras para su desarrollo familiar y profesional.
ALEJANDRO ESPINOSA RODRÍGUEZ.
El sindicalismo en nuestro país surge por la necesidad de terminar con las constantes vejaciones a las que eran sometidos los trabajadores, ya que no tenían oportunidad (por no existir una legislación), para defender su contrato colectivo de trabajo, de tal manera que el poder de organización de cada obrero dio la oportunidad de expresar ideas para sentar las bases donde descansan los derechos laborales de cada trabajador, de ahí que esa libertad de asociarse y de reunirse para determinar las ventajas y desventajas que encierra un contrato colectivo por medio de un sindicato, crea un circulo de control entre la clase trabajadora y los patrones, donde el Estado como órgano supremo debe vigilar las acciones de cada uno de estos.
ResponderEliminarConsidero que existen pocas diferencias entre nuestro país y Perú, ya que la esencia del las relaciones colectivas del derecho del trabajo, buscan en su esencia proteger a la clase trabajadora, procurando el respeto a sus derechos individuales y a la posibilidad de buscar mejoras para su desarrollo familiar y profesional.
ALEJANDRO ESPINOSA RODRÍGUEZ
El sindicalismo en nuestro país surge por la necesidad de terminar con las constantes vejaciones a las que eran sometidos los trabajadores, ya que no tenían oportunidad (por no existir una legislación), para defender su contrato colectivo de trabajo, de tal manera que el poder de organización de cada obrero dio la oportunidad de expresar ideas para sentar las bases donde descansan los derechos laborales de cada trabajador, de ahí que esa libertad de asociarse y de reunirse para determinar las ventajas y desventajas que encierra un contrato colectivo por medio de un sindicato, crea un circulo de control entre la clase trabajadora y los patrones, donde el Estado como órgano supremo debe vigilar las acciones de cada uno de estos.
ResponderEliminarConsidero que existen pocas diferencias entre nuestro país y Perú, ya que la esencia del las relaciones colectivas del derecho del trabajo, buscan en su esencia proteger a la clase trabajadora, procurando el respeto a sus derechos individuales y a la posibilidad de buscar mejoras para su desarrollo familiar y profesional.
ALEJANDRO ESPINOSA RODRÍGUEZ
Es necesario hacer notar, que por desgracia arrastramos una mala formación cultural, puesto que, antes de la llegada de la cultura española a la región americana que controlaton, el sistema jurídico se entienda más organizado, entindase organizado como establecido mediante reglas claras y poco cohercibles; ahora bien, una vez establecida la cultura española en nuestra región, y debido a multiples factores uno de ellos que la mayor parte de quiene aceptaban enlistarse en la empresa de consquistar nuevas tierras fueron convictos y gente poco escrupulosa, ayudaron a generar un sistema poco común en está región en dodne se comenzaron a comprar títulos de noblesa para poder ascender en las nueas tierras descubuertas.
ResponderEliminarEs por esto que la cultura sindical que observamos ahora es un claro ejemplo de la compra no necesarimente monetaria de lugares privilegiados que le permiten actuar a gente sin escrupulos y totalmente desentendida de lo que son los logros laborales y empresariales, por que no decirlo, y ahora méxico al igual que perú y otras naciones de america se debaten en una lucha que no deja ganadores, sino que todos pierden, los patrones por no ceder y ambición, los sindicatos por las mismas razones, ¿y los trabajadores? a pues estos no saben que esta pasando pues solamenbte escuchan y ven que sus fuentes de trabajo se desmoronan y sus familias ya de por si golpeadas por las carencias, se ven todavía má afectadas y sin saber a ciencia cierta que rumbo seguir.
JUAN CARLOS MORALES ROJAS.
Al igual que en México, las organizaciones sindicales en Perú tienen como objetivo la lucha por dignificar las condiciones de vida de la clase trabajadora, a través de la conquista de sus derechos laborales, como resultado de una constante lucha. Esta perspectiva la observamos en su legislación, pues al igual que en la nuestra se contempla la libertad de derecho de asociarse en sindicatos, de manera libre e independiente, solidarios, señala el procedimiento de registro, etc., son muy parecidos, teóricamente, sin embargo, en la realidad seguramente sucede lo mismo que en nuestro país, resulta que los sindicatos solo son un trampolín para manejar diferentes intereses de ciertos grupos, que son manipulados políticamente a conveniencia y no conforme a los intereses del trabajador.
ResponderEliminarMaría Guadalupe Villela Ozuna
Puedo inferir sin temor a equivocarme que el principal espíritu de los sindicatos en México, en Perú y en todos los países industrializados democráticos consiste en lograr acuerdos mediante la negociación colectiva con los empresarios, los sindicatos surgieron como respuesta de los trabajadores a los efectos más perniciosos de la industrialización y con objetivos muy claros, un salario justo, mejores condiciones de trabajo, empleo estable para toda persona, mejoramiento de las reivindicaciones sociales y económicas, etc.
ResponderEliminarSin en cambio los sindicatos en nuestros días no obedecen a estos intereses sin no mas bien al patrón, por lo que se han convertido en sindicatos charros, usando como bandera la demagogia y el protagonismo en la vida política en sus respectivos países en México como muestra un ejemplo, el ahora extinto sindicato de electricistas.
Carolina Venegas Rosales
UVM
Puedo inferir sin temor a equivocarme que el principal espíritu de los sindicatos en México, en Perú y en todos los países industrializados democráticos consiste en lograr acuerdos mediante la negociación colectiva con los empresarios, los sindicatos surgieron como respuesta de los trabajadores a los efectos más perniciosos de la industrialización y con objetivos muy claros, un salario justo, mejores condiciones de trabajo, empleo estable para toda persona, mejoramiento de las reivindicaciones sociales y económicas, etc.
ResponderEliminarSin en cambio los sindicatos en nuestros días no obedecen a estos intereses sin no mas bien al patrón, por lo que se han convertido en sindicatos charros, usando como bandera la demagogia y el protagonismo en la vida política en sus respectivos países en México como muestra un ejemplo, el ahora extinto sindicato de electricistas.
Opinión: Carolina Venegas Rosales
UVM
Las dos legislaciones Mexicana y Peruana permiten la libertad de asociarse en sindicatos
ResponderEliminarOtra similitud es que los representantes administrativos no pueden intervenir en la creación y administración del sindicato, donde los trabajadores o afiliados son iguales en derechos y obligaciones.
Los trabajadores peruanos también cuentan con un Convenio Internacional que fue aprobado por la Conferencia Internacional del trabajo en donde se refiere a la Libertad Sindical y Protección al derecho del sindicato
El Sindicato es de suma importancia en cuanto al derecho laboral se refiere, en ambos países esta de por medio los intereses de la clase obrera. EFRAIN ADOLFO GUZMAN MOLINA
Derivado de revisiones que he realizado de empresas peruanas, una de ellas en controversia con el principal banco de ese país, me percate que la legislación laboral es muy similar, sin embargo el poder político de esos paises en materia laboral,no es tan pronunciado como en nuestro pais.
ResponderEliminarLa industria principal del Peru es la minería, comparada con nosotros es la energía, sin embargo la planta laboral es sumamente inferior a la nuestra,por tanto su influencia proporcional es menor.
Las consideraciones elementales son las mismas, el punto neuralgico es la fuerza política de grupos que intervienen en la decisiones estructurales del estado.
Marcos lopez
Sr. Lic. en mi opinión la persona que sale en la entrevista el sr. Flavio vallejo, asesor laboral del CUT, estoy de acuerdo en su entrevista, las Asociaciones sindicales estaban catalogadas como enemigos públicos dentro de la estructura de la empresa, y jamás ha sido de esta manera, el sindicalismo entre los empresarios siempre se ha manejado como un tabú, creen y siente que son los enemigos numero uno en materia laboral, pero están equivocados, los sindicatos ayudan en un porcentaje muy alto para la estabilidad y productividad dentro de una empresa.
ResponderEliminarEn varias estadísticas sea demostrado que entre trabajadores y empleadores, cuando hay armonía y estabilidad en el empleo, el sindicato es respetado y la empresa tiene la competitividad adecuada, ya que con este factor se disminuye el riesgo de demandas laborales, ya que el sindicato defiende su derechos e intereses, y los obliga a responder con la obligación que tienen en la empresa.
Los empleadores (empresa) por llamarlos de alguna manera y los destructores de la empresa (sindicato)
El sindicato es un coadyuvante en la empresa, siempre y cuando esta realmente cumpla con sus objetivos y metas, con responsabilidad en el ámbito laboral
Que la empresa no vulnere los derechos de los trabajadores, legales y constitucionales
Desgraciadamente en el medio laboral existen sindicatos de todo, existen los que realmente protegen a los trabajadores y conservan la fuente de empleo.
Están los sindicatos blancos, que únicamente se encargan de proteger a la empresa y los sindicatos destructores de fuente de trabajo, los que se encargan y los que son llamados sanguijuelas, se encargan de sobornar a los empresarios y se venden al mejor postor, no les interesan los trabajadores, estos sindicatos son los que destruyen a los empleadores, estos sindicatos son conocidos por manejar grupos de choque, amedrentando a los empleadores y a los abogados, con esto obtienen un lucro excesivo, es decir obtienen gastos supuestamente para el “sindicato”, y realmente va directamente a sus bolsillos.
El sindicalismo tanto en México como en otros países, tienen un mismo fin, tratan de buscar un bienestar común, estabilidad y respeto hacia los trabajadores.
Juan Humberto González González.
Mtro. Nahily, en el video se pude observar el interés que busca el sindicato, ayuda a mantener las relaciones obrero patronal, además se busca un beneficio social para los trabajadores en el cual ayuda a mejor sus condiciones de trabajo, cabe señalar que el objetivo de los sindicatos es defender las garantías del contrato colectivo de trabajo, así mismo proteger los derechos de los trabajadores como también sus condiciones.
ResponderEliminarEn nuestro país desafortunadamente en muchas empresas los trabajadores pasan a un segundo término, ya que muchos de los sindicatos actualmente se encuentran vendidos con los líderes empresariales, ejemplo como el de la Uvm.
Opinión Alfredo Aguilar Yañez
Mtro. Nahily, en el video se pude observar el interés que busca el sindicato, ayuda a mantener las relaciones obrero patronal, además se busca un beneficio social para los trabajadores en el cual ayuda a mejor sus condiciones de trabajo, cabe señalar que el objetivo de los sindicatos es defender las garantías del contrato colectivo de trabajo, así mismo proteger los derechos de los trabajadores como también sus condiciones.
ResponderEliminarEn nuestro país desafortunadamente en muchas empresas los trabajadores pasan a un segundo término, ya que muchos de los sindicatos actualmente se encuentran vendidos con los líderes empresariales, ejemplo como el de la Uvm.
Opinión Alfredo Aguilar Yañez
Mtro. Nahily, en el video se pude observar el interés que busca el sindicato, ayuda a mantener las relaciones obrero patronal, además se busca un beneficio social para los trabajadores en el cual ayuda a mejor sus condiciones de trabajo, cabe señalar que el objetivo de los sindicatos es defender las garantías del contrato colectivo de trabajo, así mismo proteger los derechos de los trabajadores como también sus condiciones.
ResponderEliminarEn nuestro país desafortunadamente en muchas empresas los trabajadores pasan a un segundo término, ya que muchos de los sindicatos actualmente se encuentran vendidos con los líderes empresariales, ejemplo como el de la Uvm.
Opinión Alfredo Aguilar Yañez
RELACIONES COLECTIVAS DEL TRABAJO
ResponderEliminarLEGISLACIÓN MEXICANA Y LEGISLACIÓN PERUANA
LOS SINDICATOS EN MÉXICO Y PERÚ. REFLEXIÓN.
Tanto la legislación Mexicana como la Peruana contemplan legalmente el derecho de los empleados a asociarse y crear sindicatos, como un derecho jurídicamente protegido y que resguarda principalmente el trabajo y todo aquello que implica o deviene del mismo, a fin de mejorar condiciones laborales en los aspectos económico, social, cultural y humano, además de la defensa de intereses comunes. Ambas legislaciones señalan que el Estado reconoce la libertad de asociarse y contratar; regulando muy similarmente la forma en que deben constituirse los Sindicatos de trabajadores; que su registro es obligatorio; la obligación de las empresas para dar las facilidades a la actividad sindical; la implementación de salarios justos, empleo estable, mejores condiciones laborales, etc.; y con todo ello buscar como objetivo principal de dichas organizaciones sindicales el respeto a los derechos humanos inalienables; para que la libre expresión de los trabajadores derive en la democratización de las naciones.
Carlos Martín Chávez Gómez. UVM. Licenciaturas Ejecutivas.
RELACIONES COLECTIVAS DEL TRABAJO
ResponderEliminarLEGISLACIÓN MEXICANA Y LEGISLACIÓN PERUANA
LOS SINDICATOS EN MÉXICO Y PERÚ. REFLEXIÓN.
Tanto la legislación Mexicana como la Peruana contemplan legalmente el derecho de los empleados a asociarse y crear sindicatos, como un derecho jurídicamente protegido y que resguarda principalmente el trabajo y todo aquello que implica o deviene del mismo, a fin de mejorar condiciones laborales en los aspectos económico, social, cultural y humano, además de la defensa de intereses comunes. Ambas legislaciones señalan que el Estado reconoce la libertad de asociarse y contratar; regulando muy similarmente la forma en que deben constituirse los Sindicatos de trabajadores; que su registro es obligatorio; la obligación de las empresas para dar las facilidades a la actividad sindical; la implementación de salarios justos, empleo estable, mejores condiciones laborales, etc.; y con todo ello buscar como objetivo principal de dichas organizaciones sindicales el respeto a los derechos humanos inalienables; para que la libre expresión de los trabajadores derive en la democratización de las naciones.
Carlos Martín Chávez Gómez. UVM. Licenciaturas Ejecutivas.